Wolters Kluwer ha presentado la situación actual de la normativa y jurisprudencia laboral más relevante en una rueda de prensa virtual, haciendo hincapié en la ampliación de los ERTEs y sus consecuencias y en cómo afecta la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
La sesión ha iniciado con Oscar Guerra, KA Channel Mass Market, Wolters Kluwer TAA y ha contado con dos grandes expertos en la materia: Antonio Benavides, Profesor de la Universidad Ramón Llull y de la UOC y Alberto Novoa, Socio Área Laboral CECA MAGÁN Abogados y miembro de la Junta Directiva de ASNALA.
“La gran novedad legislativa recae en los Reales Decreto Leyes 2 y 3 del 2021, los cuales mantienen prácticamente el mimo esquema de ERTEs que teníamos con la normativa previa: los prorrogados, los de impedimento y limitación y los productivos”, explica Antonio Benavides, Profesor de la Universidad Ramón Llull y de la UOC.
Los ERTE en el Real Decreto Ley 2 y 8
La primera medida que se resalta es la prórroga que se lleva a cabo en el Real Decreto Ley 2 para los ERTE de fuerza mayor, que se tramitan como consecuencia inicial de la pandemia en el mes de marzo y los del Real Decreto Ley 8 de 2020.
De esta forma, estos ERTEs, están prorrogados hasta el 31 de mayo de 2021, independientemente de que antes de entrar este decreto existiera o no profesionales afectados, o la situación general de la empresa.
Por otro lado, la norma especifica que el ERTE de impedimento también se mantiene vigente, pero en este caso, no se prorroga hasta el 31 de mayo, sino que mantiene su vigencia hasta que el impedimento se mantenga por la orden de la autoridad sanitaria pública.
¿Hay que hacer trámites especiales para la prórroga de un ERTE?
A esta pregunta, Antonio Benavides afirma que, “no es necesario hacer ningún trámite especial. Por tanto, los ERTEs de fuera mayor están prorrogados automáticamente de junio a septiembre, de septiembre a enero y de enero mayo”. A lo que añade que, “si las personas trabajadoras están recibiendo el sueldo por desempleo no es necesario hacer ningún trámite nuevo, lo que implica que estando vigente el ERTE todo sigue igual”.
La primera medida que se resalta es la prórroga que se lleva a cabo en el Real Decreto Ley 2 para los ERTE de fuerza mayor, que se tramitan como consecuencia inicial de la pandemia
En el caso de las exoneraciones, “este tema afecta en especial al sector de la hostelería, ya que inicialmente no se les incluyo en el listado. La norma prevé que la aplicación de dichas exoneraciones son incompatibles con las medidas del artículo 2, lo que implica que al aplicar un ERTE la seguridad jurídica no acompaña en ese sentido a las empresas”, explica Benavides.
Mientras que con el mantenimiento de empleo, “se estableció en 6 meses, luego posteriormente incrementaron 6 meses más, por lo tanto puede haber empresas que hayan mantenido la exoneración desde marzo que tienen estos periodos. No va con el numero de ERTES, si no con el periodo temporal en el que se aplican las exoneraciones”, concluye Benavides.