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Fernando Jofre trabajadores en remoto correo

¿Servirá para algo el nuevo reglamento GDPR? ¿Caduca el derecho de cancelación de mis datos?

En plenas fechas de cierre de esta edición, coincidimos con la entrada en aplicación del reglamento GDPR, que entró en vigor como todos sabemos hace un par de años y por fin se aplica el pasado 25 de mayo.

En estos días, parece que se han alineado los astros para que todo el mundo nos pregunte y nos pida permiso para poder seguir utilizando nuestros datos para fines comerciales. Es una pasada la cantidad de mensajes que tenemos en la bandeja de entrada, orientados a mantener la relación que nos unía. Estoy saturado, la verdad. Me está sirviendo para darme cuenta de la cantidad de organizaciones que reconocen tener mis datos. Luego están las que no lo van a reconocer e intentarán seguir usándolos.

Ojalá los remitentes sean consecuentes, y de verdad respeten nuestras decisiones. El hecho de no responder a estos mensajes en teoría sirve para que por fin eliminen nuestros contactos de sus respectivas bases de datos, y que algunos nos dejen en paz. Recordemos que el consentimiento tiene que ser explícito.

Me hizo gracia recibir por correo postal hace unas semanas una carta perfectamente redactada y remitida por una institución médica madrileña de cierto prestigio a la que le acompañaba un sobre respuesta pre-franqueado. En ella me venía a decir el remitente que tenía mis datos (normal, porque fui cliente/paciente hace mucho tiempo), y que le gustaría poderlos seguir utilizando. Y que, si no respondía, entendía que contaba con mi aprobación para conservarlos y utilizarlos. ¡Qué pasada! ¿Quién les habrá asesorado? Y además pertenece al sector médico, uno de los más sensibles por los datos que gestiona…

Mi estupor se refuerza en estos días cuando la propia AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCION DE DATOS me remite una respuesta por correo certificado, tras solicitar recientemente su protección frente a una operadora de telefonía que no deja de llamarme. Resulta que en 2015 ya ejercí mis derechos, tarea que supuso numerosas gestiones. Y en noviembre de 2015 la operadora confirmó que procedía a la cancelación de mis datos personales tras solicitarlo debidamente con insistencia.

Ahora el problema reside en que la AEPD ha decidido INADMITIR mi reclamación, alegando que no he podido aportar indicios documentales suficientes que demuestren que me siguen bombardeando a llamadas. Y que estas pueden ser aleatorias. ¿Cómo puedo entonces salir del bombo de la lotería? ¿Cómo espera que lo haga? ¿Grabando las conversaciones? Porque cuando pido detalles al operador del call-center, me cuelga directamente. Y además la AEPD indica que como ha pasado mucho tiempo desde el 2015 y no saben si he vuelto a proporcionar mis datos a la operadora (¿Cooooomo?), me indican en su atenta carta que deberé ejercitar nuevamente el derecho. Qué fuerte la verdad… Por lo tanto, el derecho a cancelar mis datos resulta que caduca con el tiempo.

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