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Las entidades financieras, obligadas a normalizar y codificar las direcciones de sus clientes

El pasado mes de noviembre se aprobó la modificación del Reglamento de la Ley General Tributaria, modelo 196, -BOE nº 278, Orden EHA/3300/2008. La nueva norma, vigente desde enero de 2009, y más en concreto, el artículo 37 del citado reglamento, exige a las Entidades Financieras la presentación del soporte digital del modelo 196 con una estructura normalizada de los datos de nombres y domicilios de los contribuyentes.
Entre otras cosas, se solicita:
– La consignación del primer apellido, segundo apellido y nombre, y en este orden.
– El tipo de vía con 5 caracteres, según INE (Instituto Nacional de Estadística).
– Nombre de la vía con abreviaturas estándar.
– Campos separados para número, bloque, portal, escalera, piso, puerta.
– El código INE de municipio.
– El código postal correspondiente a la dirección.
La compañía DEYDE, consciente de la importancia de la adecuación de los datos a esta normativa vigente, ha creado una versión de su sistema estándar de normalización de nombres y codificación de direcciones específica para generar los formatos y contenidos que reclama el nuevo Reglamento.
La base de esta nueva versión, adaptada a las exigencias del Reglamento, es el software de desarrollo propio de DEYDE, basado en la experiencia, de más de 15 años, en Calidad de Datos y en los más de 100 millones de nombres y direcciones procesados anualmente que, además de satisfacer las necesidades más exigentes de sus clientes, garantiza el cumplimiento de los diferentes requisitos legales existentes en materia de tratamiento de datos.
Además, gracias a los procesos de normalización de DEYDE se consigue una optimización de la información que permite a las empresas la potenciación de sus acciones de marketing, la mejora en su gestión, el ahorro directo de costes y una mejora en su imagen corporativa.

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